Leyes Ambientales de Costa Rica

Leyes Ambientales de Costa Rica

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Incluso antes de la creación de la constitución de Costa Rica en 1949, se estaba formando legislación con respecto a la protección del medio ambiente de Costa Rica. A lo largo de los años, se han promulgado muchas leyes y enmiendas relacionadas con el medio ambiente y el uso de los recursos naturales. Conocer esta legislación es una parte clave de la creación de cambios positivos en todos los niveles (local, regional y nacional), ya que solo entonces podremos conectar a las comunidades para llevar a cabo los planes que estas leyes establecen. La siguiente línea de tiempo enumera las principales legislaciones ambientales en nuestro país que prepararon el camino para la creación eventual de CGICRGTárcoles.

Legislación ambiental a través de los años

1939

Ley de asociaciones N° 218

Establece las bases para la constitución de asociaciones.

Las asociaciones deben estar registradas en el Registro de Asociaciones para poder ejercer sus actividades legalmente.

Reformas: los años 1970, 1977, 1999, 2000, 2010


1942

Ley de Aguas N° 276

Establece cuales aguas son del dominio público.

Reformas: los años 1959, 1972, 1996

La propuesta de ley de la Gestión Integral del Recurso Hídrico (expediente legislativo número 17742) se presentó en mayo de 2010 a través de la iniciativa popular. Proporcionaría un nuevo marco legal para abordar la ley obsoleta de 1942, abordando cuestiones actuales que han surgido debido a la rápida expansión urbana. En 2015, se votó constitucionalmente inviable debido a problemas con las áreas de protección del agua que contradecían dos artículos de la constitución.


1953

Ley general de agua potable N° 1634

Se declaran de utilidad pública el planeamiento, proyección y ejecución de las obras de agua potable.

Corresponde al Ministerio de Salubridad Pública conocer de las solicitudes formuladas para construcción, ampliación y modificación de los sistemas de agua potable.


1961

Ley constitutiva del AYA N° 2726

Establece el AyA como institución autónoma del Estado con el objeto de dirigir, fijar políticas, establecer y aplicar normas, realizar y promover el planeamiento, financiamiento y desarrollo y de resolver todo lo relacionado con el suministro de agua potable y recolección y evacuación de aguas negras y residuos industriales líquidos, lo mismo que el aspecto normativo de los sistemas de alcantarillado pluvial en áreas urbanas.


1968

Ley de planificación urbana N° 4240

El conjunto de mapas, gráficos y

documentos, que describen la política general de distribución demográfica y usos de la tierra, fomento de la producción, prioridades de desarrollo físico, urbano- regional y coordinación de las inversiones públicas de interés nacional.


1973

Ley General de Salud N° 5395

Establece la salud de población como un bien de interés público tutelado por el Estado.

A través del Ministerio de Salud, el Estado es responsable de ejecutar políticas relacionadas con la salud de la población.


1992

Ley de Conservación de la Vida Silvestre

Establece regulaciones sobre la vida silvestre.

La vida silvestre únicamente pueden ser objeto de apropiación particular y de comercio a través de las disposiciones contenidas en los tratos públicos, en los convenios internacionales y en la Ley de Conservación de la Vida Silvestre.

Reformas: los años 2008, 2012, 2017

Reglamento 21297 para el manejo de lodos procedentes de tanques sépticos

Reconoce que el inadecuado manejo de los lodos procedentes de los tanques sépticos pone en alto riesgo la salud de las personas y produce deterioro del medio ambiente.

Establece normas para el tratamiento de aguas negras domésticas del tipo de tanques sépticos.


1994

Artículo 50 de la Constitución política de Costa Rica

Todas las personas tienen derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Ley de Hidrocarburos N° 7399

Desarrolla, promueve, regula y controla la exploración y la explotación de los depósitos de petróleo y de cualesquiera otras sustancias hidrocarburos das. Además, se propone preservar y proteger el ambiente, a fin de asegurar su uso racional y garantizar los intereses del Estado.

Se exceptúan de las disposiciones de esta Ley, la exploración y la explotación del carbón mineral.

Ley de Regulación del Uso racional de la Energía N° 7447

Creado para consolidar la participación del

Estado en la promoción y la ejecución gradual del programa de uso racional de la energía.

Establece mecanismos para alcanzar el uso eficiente de la energía.


1995

Ley Orgánica del Ambiente. N° 7554

El Estado defenderá y preservará el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

A través de sus instituciones, el Estado promoverá la implementación de un sistema de información con indicadores ambientales para medir el avance de los indicadores económicos y sociales.


1996

Artículo 46 de la Constitución política de Costa Rica

Prohíbe cualquier monopolio, acto o ley privada que amenace la libertad de comercio, agricultura o industria.

Coloca restricciones a la creación de monopolios.

Los consumidores tienen derecho a la protección de su salud, medio ambiente, seguridad e intereses económicos, información verdadera, libertad de elección y trato equitativo.

Ley Forestal N°7575

El Estado velará por la producción, la utilización, la industrialización y la promoción de los recursos forestales de Costa Rica y dará prioridad a la conservación, protección y administración de los bosques naturales.

Garantiza la generación de empleo y el aumento del nivel de vida de la población rural.

Prohíbe el corte o uso de bosques en parques nacionales, reservas biológicas, manglares, áreas protegidas, refugios de vida silvestre y reservas forestales.

Reformas: el año 2016


1997

Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas N° 7744

Establece disposiciones para la construcción, administración y explotación de marinas y atracaderos turísticos.

Reforma: el año 2011

Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664

Establece de interés público y aplicación obligatoria las medidas de protección fitosanitaria. Regula el control de plagas con respecto a sustancias químicas, biológicas y relacionadas.


1998

Ley de Biodiversidad N°7788

Creado para conservar la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos, así como distribuir en forma justa los beneficios y costos derivados.

Ley de Uso, Manejo y Conservación del Suelos N° 7779

Creado para proteger, conservar y mejorar los suelos en gestión integrada y sostenible con los demás recursos naturales a través de la planificación ambiental.


2003

Reglamento de aprobación y operación de aguas residuales

Crea legislación para una gestión racional y ambientalmente adecuada de las aguas residuales.

Es aplicable para el manejo de las aguas residuales, que independientemente de su origen, sean vertidas o reutilizadas en cualquier parte del territorio nacional.


2004

Recurso de amparo impuesto por Reiner Obando Enríquez

Reiner Obando Enríquez, Presidente del Partido Garabito Ecológico, presentó una apelación de amparo contra el Presidente de la República, el Ministerio de Ambiente y Energía, el Ministerio de Salud, el Presidente Ejecutivo del Instituto de Acueductos y Alcantarillados y el Gerente General de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Indicó que las playas ubicadas en el cantón de Garabito de Puntarenas estaban contaminadas como consecuencia del indebido tratamiento de desechos sólidos y líquidos en cada uno de los cantones que rodean los cauces de las diferentes micro cuencas que drenan el cauce principal.


2005

Reglamento de ASADAS

Aborda las debilidades en la administración de los acueductos para les permita enfrentar con eficiencia los nuevos retos que la sociedad civil exige.

Regula la legislación para proporcionar una mayor independencia a las organizaciones cuyo propósito es la administración de los servicios de agua y alcantarillado.


2006

Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal N° 8495

Regula la protección de la salud animal, la salud pública veterinaria y el funcionamiento del SENASA.


2007

El Voto Garabito

Respuesta a la apelación presentada en 2004 por Reiner Obando Enríquez.

Ordenó que las instituciones responsables de la contaminación de la cuenca del río Tarcoles tomen medidas inmediatas para eliminar las fuentes de contaminación.

La Sala votó con Garabito en base al artículo 50 de la Constitución, que defiende el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Reglamento vertido y reuso de aguas residuales

Creado para la protección de la salud pública y del ambiente, a través de una gestión ambientalmente adecuada de las aguas residuales.

Creada el Comité Técnico del Reglamento de Vertido y Reúso de Aguas Residuales (Comité Técnico) para conocer el Informe Estadístico actualizado de los Reportes Operacionales y facilitar la orientación técnica del reglamento ante los organismos superiores.


2008

Reglamento Creación canon ambiental por vertidos

Reconoce que Costa Rica se enfrenta a la amenaza de sufrir una crisis hídrica causada por los elevados niveles de contaminación de los cuerpos de agua como consecuencia de las actividades humanas.

Crea la regulación del canon por uso del recurso hídrico, para verter sustancias contaminantes que en adelante pasará a denominarse Canon Ambiental por Vertidos.


2010

Reglamento de exoneración de ASADAS

Reconoce que hay un beneficio de exención sobre determinados tributos a favor de las ASADAS.

Regula el correcto otorgamiento de exoneraciones a las ASADAS.


2011

Reglamento 36499 Elaboración de programas de gestión ambiental en el sector público de Costa Rica

Establece los lineamientos para que todas las instituciones de la Administración Pública logren formular, actualizar e implementar un Programa de Gestión Ambiental Institucional (PGAI).

Define un PGAI como un instrumento de planificación que se fundamenta en los principios metodologías de un Sistema de Gestión Ambiental con el fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos ambientales por ende y promover un mejor desempeño ambiental en todas las instituciones de la Administración Pública.


2013

Decreto Ejecutivo 38071 - créase la Comisión de Gestión Integral de la Cuenca del Río Grande de Tárcoles

Como respuesta a la contaminación continua de la cuenca del río Tárcoles, se creó CGICRGTárcoles para comenzar un esfuerzo integral para limpiar el río Tárcoles.

La comisión incluye instituciones gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y actores de la comunidad local.


ADVERTENCIA IMPORTANTE:

Este organigrama ilustra cómo las muchas instituciones involucradas en la gestión del agua en Costa Rica están relacionadas con la Comisión de Gestión Integral de la Cuenca del Río Grande de Tárcoles. Estas relaciones se basan estrictamente en los roles de gestión del agua establecidos en el Decreto Ejecutivo 38071, que creó CGICRGTárcoles en el 2013. Por lo tanto, estas relaciones entre instituciones conciernen únicamente al manejo de la cuenca del río Tarcoles, no a otros asuntos ambientales.